Se ha dado a conocer el Rescripto, firmado por el prefecto de la Secretaría para la Economía y aprobado por el Papa, que trae importantes novedades sobre los permisos de paternidad, los derechos de los padres de hijos discapacitados o en situaciones de discapacidad grave, así como la concesión de subsidios familiares.
Nuevas Disposiciones del Rescripto
El 11 de agosto se publicó un Rescripto que introduce variados beneficios para los empleados del Estado de la Ciudad del Vaticano. Entre las principales medidas se encuentran cinco días de permiso remunerado para el nacimiento de un hijo y tres días al mes de permiso remunerado para padres de hijos discapacitados. Este documento, firmado por Maximino Caballero Ledo, marca un avance significativo en la protección de los derechos laborales dentro de la Santa Sede.
Permiso de Paternidad
Una de las novedades más relevantes es el derecho a cinco días de permiso remunerado con motivo del nacimiento de un hijo. Este permiso es considerado como días laborables y puede ser disfrutado de manera continua o fraccionada en un plazo máximo de 30 días a partir de la fecha de nacimiento. Durante este tiempo, los empleados recibirán una remuneración equivalente al 100% de su salario, lo que contribuye notablemente al bienestar familiar de los trabajadores.
Derechos para Familias con Hijos Discapacitados
El Rescripto también aborda la situación de las familias con hijos discapacitados en grave situación comprobada. En este caso, los padres tienen derecho a tres días de permiso remunerado cada mes, siempre que el niño no esté ingresado en un centro especializado. Esta medida busca ofrecer un mayor tiempo a los padres para cuidar a sus hijos y atender sus necesidades específicas.
Condiciones del Permiso para Padres
Para garantizar que el permiso sea utilizado de manera eficaz, se especifica que durante los días de permiso no se puede realizar ninguna otra actividad laboral, a menos que se reciba autorización previa que pueda ser revocada. Esta regulación busca asegurar que el tiempo se dedique plenamente al cuidado del hijo con discapacidad.
Evaluación de la Discapacidad
La evaluación clínica de la discapacidad y su gravedad es llevada a cabo por un Colegio Médico, utilizando tablas de evaluación que son emitidas por la Autoridad Superior. Es importante señalar que el dictamen de este Colegio es “inapelable”, lo que añade un nivel de seriedad y formalidad al proceso de validación.
Prestaciones Familiares y Subsidios
Las familias que tengan a un miembro reconocido como discapacitado grave tienen derecho a recibir prestaciones familiares. Además, quienes sean beneficiarios de una pensión vaticana por discapacidad o incapacidad también tendrán acceso a estos subsidios. Esto demuestra el compromiso del Vaticano por apoyar a sus ciudadanos en situaciones de vulnerabilidad.
Subsidios para Estudiantes
Finalmente, con respecto al subsidio familiar, el Rescripto aclara que los beneficiarios son familias con hijos legítimos o legitimados mayores de 18 años, así como estudiantes que continúen sus estudios hasta los 26 años, siempre que presenten un certificado de matriculación. Esta medida promueve la educación y el bienestar de los jóvenes dentro del contexto familiar.